La Comunitat Valenciana publica la modificación de las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al sector turístico

  • Se amplía el ámbito subjetivo de destinatarios de las ayudas, incluyendo de forma expresa a las personas físicas en su condición de usuarias de servicios turísticos que se prestan en la Comunitat Valenciana

El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), ha publicado el decreto de modificación de las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al sector turístico de la Comunitat Valenciana.

De este modo, el Decreto 6/2023 publicado en el DOGV actualiza las bases reguladoras de ayudas al turismo, adaptándolas a la Ley 15/2018, de 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana.

Así, las convocatorias de ayudas que se publiquen a partir de este momento tendrán en cuenta criterios vinculados al Código Ético del Turismo, sociales, medioambientales y de dignificación laboral y social, tal y como se establece en el apartado 3 del artículo 45 de la Ley 15/2018.

Mediante el decreto publicado en el DOGV, también se amplía el ámbito subjetivo de destinatarios de las ayudas al turismo de la Comunitat Valenciana, incluyendo de forma expresa a las personas físicas en su condición de usuarias de servicios turísticos que se prestan en la Comunitat Valenciana. Esto queda reflejado en la incorporación de un nuevo programa de incentivos a la demanda turística en periodo de estacionalidad.

Estos cambios conllevan nuevos criterios de evaluación y ponderación de solicitudes de subvención. Así, los criterios generales se puntuarán con hasta un máximo del 40 % de los puntos a obtener, los criterios relacionados con el interés turístico de la acción a subvencionar se puntuarán con hasta un máximo de 40 % de los puntos, y los criterios de responsabilidad social con hasta un máximo de 20 % de los puntos.

Por último, en caso de que el solicitante sea una persona física, los criterios generales de valoración de solicitudes tendrán una valoración de hasta el 80 % atendiendo al momento de presentación de su solicitud de subvención y a su lugar habitual de residencia.

Asimismo, un 10 % adicional de la puntuación podrá ser adjudicada en función de aspectos como la duración del viaje y/o el número y tipología de servicios turísticos utilizados. Finalmente, en el 10 % restante, se podrá incluir como criterio que el solicitante se comprometa a suscribir el Decálogo del Turista Responsable. 

Más información: DOGV

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