La Comisión Europea estudiará la denuncia sobre el registro documental en las agencias en España

  • La Comisión Europea comunica a FETAVE que el procedimiento de examen del RD 933/2021 ya está en curso
  • España es el único país de la Unión Europea que obliga a las agencias de viajes a comunicar los datos de registro documental e información de las actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.

FETAVE, Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas, ha recibido un escrito de comunicación por parte de la Comisión Europea, en concreto de la Dirección General de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes, en el que se le informa de la puesta en marcha del procedimiento de examen de la denuncia presentada por la presunta vulneración del derecho de la Unión Europea del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.

En el escrito recibido en FETAVE se informa que la Comisión “verificará si este Decreto es compatible con la Directiva 2000/31/CE sobre comercio electrónico y con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea” y, además, la Comisión particulariza que va a verificar “si este Decreto puede extender a todos los tipos de operadores turísticos públicos o privados la obligación de identificar ante las fuerzas de seguridad del Estado a los clientes a quienes alquilan una vivienda o vehículos”.

FETAVE, se congratula por la admisión a estudio de la queja presentada ante la Comisión Europea a principios de año y confía que antes del 31 de enero de 2024, fecha de la actual moratoria concedida, corrobore los argumentos de FETAVE y de la propia Comisión que indicaba que la medida propuesta en el RD/933 era desproporcionada e innecesaria y advertía que, de aprobarse sin modificaciones, como finalmente sucedió, infringiría diferentes normas europeas y entre ellas la Directiva 2000/31/CE relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información.

En la actualidad España es el único país de Europa en el que esta obligación está vigente y, además, siguen sin aclararse por la Administración un gran número de supuestos de actividades realizadas por agencias de viajes, tanto receptivas, corporate, banco de camas, etc., lo que está generando una inseguridad jurídica, tanto para las agencias de viajes españolas como las internacionales, que van a restar competitividad al sector sin que la transitoriedad de aplicación de la norma hasta el 31 de enero de 2024 sea una solución al grave problema de aplicación del Real Decreto 933/2021 en las agencias de viajes aunque momentáneamente lo minore.

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