CEAV considera decepcionante el borrador de Orden Ministerial del RD 933/2021

Desde CEAV consideramos que el borrador de Orden Ministerial de desarrollo del Real Decreta 933/2021 de registro de datos de los viajeros es decepcionante porque no ha acogido la petición principal del sector de exclusión total de agencias de viajes y operadores turísticos y, por lo tanto, siguen vulnerando el principio de jerarquía normativa.

Tampoco se ha admitido la petición subsidiaria de excluir a sectores que CEAV entiende que no están afectados por el Real Decreto, al no tener clientes consumidores, como el corporativo o al Mice, (incluida en el primer borrador de Orden Ministerial de octubre de 2023 que nunca aprobaron) y que deriva del propio texto del Real Decreto cuando se menciona a los operadores turísticos cuando intermedian entre los prestadores de los servicios de hospedaje o de alquiler de vehículos a motor sin conductor y los consumidores y los clientes de corporativo es evidente que no entran en el concepto de consumidor del artículo 3.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007.

De igual modo, lamentamos que tampoco se ha incluido mención a la exclusión de la actividad receptiva que, entendemos deriva también del propio texto, dado que actúan como proveedores de otras agencias de viajes u operadores turísticos, y en ningún caso intermedian con consumidores.

Igualmente lamentamos que, de las peticiones subsidiarias, no se acoge la aclaración acerca de quiénes son sujetos obligados cuando intervienen varios operadores en un proceso de reserva, ni tampoco la petición de reducir el plazo de conservación de datos en registro informático durante 6 meses.

Se aclaran, pero casi no reducen los datos a aportar
Si bien es cierto que el texto dice en repetidas ocasiones que, en el caso de los intermediarios, ciertos datos solo se habrán de comunicar en el caso de que se conozcan, no se han reducido prácticamente, ya que piden más de 30 datos en el caso del alojamiento, incluidos datos tan sensibles como el sexo, relación de parentesco o los datos de pago del cliente, y en el caso del alquiler de vehículos más de 60.

CEAV presentara sus alegaciones en plazo
Por todo lo anterior, desde CEAV se harán las correspondientes alegaciones nuevamente dentro del plazo previsto que finalizará el próximo 21 de enero de 2025.

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