Grupo Alonso recurre la decisión de la APV de excluir a Intersagunto del concurso de la nueva terminal polivalente del puerto de Sagunto

  • Grupo Alonso, a través de su compañía Intersagunto Terminales, presenta un recurso de alzada ante la Autoridad Portuaria de Valencia al excluir su propuesta presentada al concurso público para la construcción y explotación en régimen de concesión administrativa de una terminal pública polivalente en el muelle centro 2 del puerto de Sagunto.
  • Grupo Alonso considera dicha exclusión “contraria a derecho y lesiva para sus intereses”.
  • El recurso demuestra que la terminal de Grupo Alonso ha cumplido con todos los requisitos de aptitud y de solvencia económico-financiera y técnico-profesional establecidos en las bases del pliego de la Autoridad Portuaria de Valencia.

Imagen de las instalaciones de Intersagunto Terminales (puerto de Sagunto).

Grupo Alonso, a través de su sociedad Intersagunto Terminales (IST), la terminal polivalente del grupo empresarial ubicada en el puerto de Sagunto, ha presentado un recurso de alzada a la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) en el que solicita la anulación del acuerdo adoptado por la Mesa de Calificación al valorarlo como “arbitrario e ilegítimo”. En dicho acuerdo, la APV ha excluido de “manera sorpresiva” la propuesta presentada por IST al concurso público para la construcción y explotación de la mayor concesión administrativa del puerto de Sagunto para el movimiento de mercancías, una terminal pública polivalente situada en el muelle centro 2.

El escrito de Intersagunto Terminales considera haber sido “indebidamente excluido del concurso” al infringirse los principios de igualdad de trato y de no discriminación, y añade que “es ostensible la preferencia que se dispensa a la UTE licitadora”, que queda como única candidata en el concurso tras la exclusión de IST. La decisión de la Autoridad Portuaria de Valencia presidida por Aurelio Martínez, deja a IST sin opción a competir en igualdad de condiciones. Por este motivo, el recurso solicita “retroceder en el procedimiento al momento anterior de la exclusión de IST y, valorar a los licitadores con arreglo a los criterios establecidos en el Pliego de Bases”.

Simulación de IST de la nueva terminal polivalente del puerto de Sagunto.

Intersagunto Terminales, compañía de Grupo Alonso cuyo capital es 100% valenciano, denuncia que, el hecho de no incorporar su oferta al concurso público, daría automáticamente la concesión a la alianza de tres mercantiles: Noatum Terminales -empresa de capital exclusivamente emiratí-, Inversiones Algeposa y Boluda Lines –una sociedad que, precisamente, es miembro de la Autoridad Portuaria de Valencia como parte del Consejo de Administración del puerto-.

En este escenario, Intersagunto considera que se atenta contra la libre competencia, al mismo tiempo que se excluye a la terminal con una gestión de recursos humanos más alineada con la normativa europea del arco mediterráneo español, así como se rechazan las mejores expectativas económicas para la propia APV y se atenta a la legalidad en materia de concursos públicos de España. Unos motivos por los que la compañía IST anticipa que acudirá a todas las instancias españolas y europeas por vía administrativa y penal con el fin de paralizar una decisión que dejaría su oferta sin posibilidad siquiera de competir en igualdad de condiciones.

“Es incomprensible que la APV rechace una propuesta más innovadora y generadora de mayores ingresos”, alega IST

La compañía de Grupo Alonso destaca en su recurso “la enorme diferencia” que existe entre la oferta económica de IST, mercantil española y la ofertada por la UTE compuesta por Noatum Terminales, Inversiones Algeposa y Boluda Lines.

 En este sentido, confirma que solamente el volumen de inversión de IST es un 70% superior a la de la UTE. Además, detalla que la propuesta de IST incrementa en 19,1 M € las tasas de la propuesta de la UTE y resalta que la inversión propuesta de IST para los cinco primeros años de concesión supera en 34,9 M€ la del grupo que integra la UTE.

Grupo Alonso considera “incomprensible” que la Autoridad Portuaria de Valencia rechace unos ingresos mucho más elevados que los presentados por el otro licitador compuesto por la UTE de las tres citadas mercantiles. Del mismo modo, considera llamativo que la APV renuncie a unas nuevas instalaciones con unos desarrollos tecnológicos innovadores y de última generación presentados en la propuesta de Intersagunto Terminales. Se tratan de unas nuevas tecnologías que, en estos momentos, no existen en ninguna de las terminales actuales integradas en la Autoridad Portuaria de Valencia, y que tampoco las ofrecen los otros licitadores.

“Total congruencia entre la documentación técnica y los tráficos del Plan Financiero”

En cuanto al acuerdo de la Mesa de Calificación de excluir a Intersagunto Terminales del concurso “por resultar técnicamente no aceptable” con lo dispuesto en las bases del Pliego que rige el concurso donde se establecen los criterios de valoración, IST concluye que “existe una total congruencia entre la documentación técnica y los tráficos incluidos en el Plan Financiero”, además de coincidir con los indicados en el escrito de respuesta a la solicitud de aclaración de IST a la Mesa de Calificación. Unas conclusiones refrendadas por un amplio informe técnico elaborado por una consultora externa también presentado junto al recurso. Dicho informe técnico externo, tras analizar minuciosamente toda la documentación de la oferta, elimina todos los reparos apuntados por la Comisión Técnica de la APV y que hizo suyos la Comisión de Calificación para excluir del concurso a IST.

El recurso presentado reafirma que, en contra de la valoración realizada por la Mesa de Calificación, la capacidad técnica de la terminal puede acoger el tráfico proyectado a lo largo de la concesión y “no es cierto que supere la capacidad máxima de la Terminal establecida por IST”, como alude la APV para su exclusión del concurso. En este sentido, afirma que parece claro que “en un asunto con alto componente técnico, se ha querido buscar una excusa para proceder a la exclusión” de IST.

El recurso también señala que “la Administración -la APV- ha de dar a los operadores económicos un trato igualitario y no discriminatorio y actuar de forma transparente y proporcionada”. A este respecto recuerda la necesidad de invocar lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público, intitulado “Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses” que prescribe que “Los órganos de contratación deberán tomar las medidas adecuadas para luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupción”.

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