ACAVE valora positivamente el acuerdo político alcanzado por el Parlamento Europeo y el Consejo sobre los principales aspectos de la modificación de la Directiva de Viajes Combinados pues, tal y como se había solicitado, acepta las principales peticiones realizadas por ACAVE y ECTAA y permite garantizar la seguridad jurídica de las agencias en algunos de los puntos más controvertidos.
En concreto, ACAVE valora tres temas importantes:
1. Definición de viaje combinado que incluya servicios reservados dentro de las 24 horas
Una combinación será considerada viaje combinado cuando el viajero contrate un primer servicio, el empresario invite activamente al viajero a contratar uno o más servicios adicionales en el mismo punto de venta y las reservas adicionales se completen dentro de las 24 horas desde el acuerdo de pago del primer servicio. Sin embargo, se establece una importante excepción, pues no se considerará paquete si el empresario informa de forma clara y expresa, en el momento de la invitación que la combinación no constituye un viaje combinado.
Aunque la solución alcanzada no constituye una exclusión completa, tal como solicitaban ACAVE y ECTAA, esta nueva disposición permitirá a los comerciantes vender estas combinaciones sin estar sujetos a la Directiva de Viajes Combinados si así lo desean, siempre que informen debidamente al consumidor de antemano de que no se trata de un paquete.
2. Cancelaciones, situaciones extraordinarias y avisos oficiales de viajes
El viajero sólo podrá cancelar el viaje antes de la salida en caso de que haya circunstancias imprevisibles y excepcionales que afecten al lugar de salida del viaje o al lugar de destino. Tal como solicitaba ACAVE y ECTAA, se ha eliminado la referencia a las circunstancias del lugar de residencia del viajero.
Asimismo, se ha eliminado el carácter vinculante de las recomendaciones de viaje emitidas por los diferentes estados miembros.
3. Limitación de prepagos
Una tercera consideración merece la valoración positiva de ACAVE: se ha eliminado del texto dispositivo de la directiva la limitación de prepagos que en su momento propuso la Comisión Europea que suponía una importante restricción para las agencias de viajes.
Próximos pasos
Tras este acuerdo entre el Parlamento Europeo y el Consejo, la Directiva debe ser adoptada formalmente ahora por el Parlamento Europeo y el Consejo. Tras su entrada en vigor, los Estados miembros dispondrán de 28 meses para transponer la Directiva a la legislación nacional.

